EL PAIS

Argentina investigará delitos contra la humanidad cometidos por el franquismo

03/09 Esa decisión fue tomada hoy por la Cámara Federal, con la intención de que se reabran las causas que fueron desestimadas años atrás por la jueza Servini de Cubría. El pedido fue hecho en aplicación del criterio de justicia universal al que nuestro país adhiere para crímenes de lesa humanidad.

La decisión de reabrir la causa por los delitos de lesa humanidad cometidos en España por el franquismo fue tomada por la sala II de la Cámara Federal porteña al anular un fallo de la jueza Maria Servini de Cubría, que había desestimado la denuncia presentada por familiares residentes en Argentina de víctima del régimen de Franciso Franco.

 

La Cámara solicitó al tribunal de primera instancia que libre un exhorto para determinar si en España hay procesos abiertos por los casos denunciados, para luego eventualmente avanzar con la investigación en el país.

 

El reclamo fue hecho en aplicación del criterio de justicia universal al que la Argentina adhiere para crímenes de lesa humanidad, lo que constituye un virtual respaldo al ex juez español Baltasar Garzón.

 

Garzón fue removido de la Audiencia Nacional por ordenar investigar esos crímenes que el Estado español ha dado por prescriptos.

 

Las denuncias en Argentina son en su mayoría fusilamientos sumarios ocurridos entre el 17 de julio de 1936, fecha de inicio de la Guerra Civil Española, y el 15 de junio de 1977, fecha de la muerte del dictador Franco.

 

La Cámara dispuso que en el exhorto se requiera al gobierno español que informe "si efectivamente se está investigando la existencia de un plan sistemático generalizado y deliberado de aterrorizar a los españoles partidarios de la forma representativa

de gobierno, a través de su eliminación física, llevado a cabo en el período citado.

 

En las denuncias se reclama que la Justicia argentina investigue esos crímenes aplicando el principio de "jurisdicción universal", según el cual los delitos de lesa humanidad pueden ser juzgados por cualquier Estado si las autoridades judiciales del país donde fueron cometidos no lo hacen.

 

En el caso, el fiscal Federico Delgado había solicitado la desestimación de la denuncia, porque entendió que en España existen investigaciones penales en curso, lo que fue negado por los querellantes.

 

En primera instancia se desestimó la denuncia, porque la magistrada consideró que no se pueden investigar los hechos denunciados si no se cuenta con el impulso del Ministerio Público Fiscal.

 

Ante ello, la Cámara Federal, con la firma de los jueces Martín Irurzun y Horacio Cattani, anuló la desestimación de la denuncia, que llegó por apelación de los abogados de las querellas, señalando que esa resolución carecía de fundamentación válida, porque si actúa en la causa un querellante particular el juez puede investigar el delito aunque el fiscal no impulse la instrucción del caso.

 

Además, el tribunal señaló que era necesario librar exhortos por las vías diplomáticas pertinentes, para determinar si en España hay investigaciones abiertas por los crímenes denunciados.

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